Vivienda notifica 2.640 pisos turísticos ilegales en Galicia a las plataformas para que retiren sus anuncios online

Se trata de alojamientos que han solicitado el número de registro obligatorio, pero no lo han obtenido porque no cumplen los requisitos legales y constan como revocados

Vivienda notifica 2.640 pisos turísticos ilegales en Galicia a las plataformas para que retiren sus anuncios online

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) ha notificado 2.640 pisos turísticos ilegales en Galicia a las plataformas digitales para que retiren los anuncios online de estos alojamientos. Se trata de pisos que han solicitado el número de registro obligatorio desde el pasado 1 de julio, pero que no lo han obtenido porque no cumplen los requisitos legales. Ahora, las distintas plataformas deberán proceder a la retirada de los anuncios de estos inmuebles, que se pueden estar comercializando en varias de ellas a la vez.

Por municipios, Vigo ha sido el concello gallego donde más solicitudes revocadas se han registrado, un total de 227. Le sigue Sanxenxo, con 196; A Coruña, con 140; Santiago de Compostela, con 128 y Pontevedra, con 111. Por provincias, Pontevedra se ha situado a la cabeza, con un total de 1.249 solicitudes revocadas; en segundo lugar encontramos a A Coruña, con 992; en tercer lugar, a Lugo, con 339 y, por último, Ourense, con 60 solicitudes revocadas. 

España ha sido el primer país de Europa en implementar el Registro único de alojamientos temporales, en colaboración con el Colegio de Registradores, para acabar con el fraude en los alquileres turísticos. Así, a través de la Ventanilla Única Digital del Ministerio de Vivienda, los datos del registro se cruzan con los de las plataformas digitales, que están colaborando para identificar los anuncios sin código. Desde que comenzó a funcionar el 1 de enero, el registro ha recibido un total de 336.497 solicitudes, de las cuales 264.998 (78,75%) corresponden a alquileres de uso turístico. De estas, 53.786 han sido revocadas (20,3%).

Si un código es revocado significa que el Colegio de Registradores ha recibido la solicitud, que dicha solicitud contenía datos incompletos o no acordes a la normativa vigente del tipo de actividad que se pretendía desarrollar y no fue subsanada en un plazo oportuno.

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